Divorcio y perro ¿Custodia compartida?

Mascotas y divorcio parecen dos temas incompatibles. Ante el sensible hecho de una separación, corresponde pensar en una posible custodia compartida para el perro. Las mascotas son parte de la familia y como tales, en muchos casos resulta complicado decidir con quién deben quedarse.

En España, el Código Civil ha modificado varios artículos para reconocer a los animales de compañía como seres sensibles. A continuación, detallamos para ti todo lo que implica este cambio.

El Código Civil Español y la tenencia de perros

A principios de 2019, se aprobó una modificación de ley del Código Civil; específicamente, en los fragmentos correspondientes a la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales.

Antes de esta modificación, los animales de compañía y de trabajo (ganado, entre otros) eran considerados bienes muebles. Como tales, podían ser embargados por impago de rentas. Gracias al cambio de jurisprudencia, los animales domésticos, entre ellos los perros, son considerados seres sensibles.

Esta modificación introduce cambios cuando se trata de un divorcio. Un perro no entiende que sus amos se están separando; por lo tanto, esta ley vela por los derechos del animal para que no sea separado de sus amos, en caso de que ambos quieran seguir disfrutando de su compañía.

¿Quién es el dueño legal de un perro?

A pesar de su nuevo estatus de seres sensibles, cuando se trata de un divorcio, los perros conservan la catalogación de “bienes muebles”. Tener un perro en casa es una relación de propiedad privada que conlleva responsabilidades, como satisfacer todas las necesidades de la mascota, velar por su bienestar y no maltratarlo.

Frente a un divorcio en España, lo primero que debemos hacer es acreditar la propiedad de la mascota. Existen tres escenarios:

  • El dueño legal de un perro adquirido antes del matrimonio, es quien adquirió. La otra persona no tiene derechos sobre la mascota.
  • Ambos miembros de la pareja son dueños legales si el perro fue adquirido dentro del matrimonio.
  • Si el perro fue adquirido dentro del matrimonio, pero existe acuerdo de separación de bienes, el dueño es quien haya lo haya adoptado y costeado la mayoría de sus gastos. Para ello, se considera la aparición en documentos de la mascota, como certificados de adopción, cartillas de vacunación y otros informes veterinarios.

Estas son las formas de acreditar la propiedad de un perro. La custodia compartida de perros corresponde, entonces, a aquellas parejas que hayan adquirido a la mascota dentro del matrimonio, sin que exista acuerdo de separación de bienes.

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Convenio regulador o acuerdo mutuo

El primer paso de un divorcio es considerar el acuerdo mutuo, es decir, llegar a un convenio con la pareja con respecto a la custodia del perro. Esto ocurre si uno de los miembros de la pareja prefiere ceder a la otra la custodia del animal.

Llegado a este acuerdo, se redacta un convenio regulador. Este documento señala el pacto al que llegó la pareja, detallando quién tendrá la custodia del perro y el coste de su manutención, entre otros aspectos.

Cuando no llegamos a un acuerdo, el caso se presenta ante un juez para determinar si la custodia será compartida o única.

Custodia única de perros

El juez puede determinar la custodia única del perro, incluso cuando ambas partes desean conservar a la mascota. La custodia única se otorga al demostrar que uno de los cónyuges no está en capacidad económica de mantener al perro, o cuando se prueba que ha incurrido en actos de maltrato.

El fallo de esta custodia incluye una indemnización para la persona que pierde el derecho de disfrutar al perro.

Custodia compartida de perros

El cambio de jurisprudencia establecido en el Código Civil de España también contempla la posibilidad de la custodia compartida. Si ambos cónyuges quieren seguir disfrutando del perro, el juez propone un régimen de visitas y determina quién se encargará de los cuidados principales del perro.

Con frecuencia, se da alguno de estos escenarios:

  • Se establece un régimen de visitas. Si uno de los cónyuges posee mayor liquidez económica y tiempo para dedicarle al perro, este vivirá en su casa. La otra persona podrá visitar al perro de acuerdo con lo establecido en la corte.
  • Alternar la estancia en la vivienda de ambas personas. Es una opción si los amos vivirán en localidades separadas. El perro puede alternar una estancia de varios meses en casa de uno y otro. De esta forma, sigue en contacto con ambos amos, y estos continúan disfrutando de la compañía de la mascota.

¿Cómo se determina la custodia?

Cuando no se llega a un convenio regulador, la decisión se toma en un juicio. Se tienen en cuenta varios aspectos:

  • Liquidez económica de los litigantes.
  • Tiempo para dedicarle al perro.
  • Antecedentes de maltrato (en caso de que existieran).
  • Existencia de niños en el grupo familiar.
  • Bienestar de la mascota.

Zorayda Coello

Periodista especializada en el mundo animal. Licenciada en letras. Soy editora, correctora y redactora. Durante 6 años me he dedicado a trabajar con editoriales, labor que complemento con mi pasión por el mundo animal y la escritura. Aparte de los perros, me interesa la literatura, pues soy licenciada en Letras, y colaboro con textos de ficción, reseñas y crónicas en varias revistas, además de tener un blog personal.

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